Se aceptan candidaturas

Ya están abiertas las candidaturas para la Junta Directiva de FHANA:

 

6.4 Elección de Directores: La elección de la Junta Directiva se llevará a cabo de la siguiente manera: El 1 de enero de cada año o antes, la Asociación enviará por correo a cada miembro con derecho a voto una notificación de que la Asociación recibirá nominaciones para el cargo de Director. En la notificación se fijará un plazo no inferior a treinta (30) días para devolver las candidaturas.
Dos (2) miembros generales con derecho a voto, al corriente de sus obligaciones, podrán proponer a cualquier otro miembro elegible y al corriente de sus obligaciones con la Asociación, que no sea una persona jurídica, para su elección como Director, mediante carta escrita dirigida al Secretario en la oficina principal de la Asociación, siempre que el miembro propuesto haya refrendado por escrito su consentimiento a dicha propuesta.
Todas las candidaturas deberán ser recibidas por el Secretario en la oficina de la Asociación en o antes de la fecha especificada para la recepción de candidaturas y cualquier candidatura recibida después de dicha fecha no será válida.
Para evitar conflictos de intereses, los candidatos a la Junta Directiva no podrán ser directivos de ninguna asociación ecuestre no relacionada con FHANA durante un periodo de un (1) año antes de recibir la nominación a la Junta Directiva y no podrán ser directivos de ninguna otra asociación ecuestre relacionada o no con FHANA mientras formen parte de la Junta Directiva, en caso de ser elegidos.
Hará que se envíe un (1) formulario de votación por correo electrónico a la dirección de correo electrónico registrada en la secretaría de FHANA con instrucciones para la votación que se enviarán por correo electrónico a todos los miembros de FHANA. El formulario de votación incluye un enlace a un sitio seguro con el código de registro personal del votante. Una vez emitida una papeleta utilizando este código, no volverá a funcionar y pasará a ser oficial. Los miembros que sigan necesitando una papeleta de voto podrán utilizarla y sus votos se contabilizarán electrónicamente. Las instrucciones de voto darán al menos treinta (30) días para devolver la papeleta o emitir el voto electrónicamente.
Los padres, hijos, hermanos, cónyuges o parejas de hecho de un miembro actual del Consejo no podrán ocupar al mismo tiempo un cargo en el Consejo.
Los miembros con voto general votarán para la elección de Director rellenando la papeleta o la papeleta electrónica de acuerdo con las instrucciones de voto y enviando la papeleta a la dirección indicada en las instrucciones de voto o enviándola electrónicamente. No serán válidas las papeletas cuyo matasellos o certificado haya sido recibido después de la fecha límite especificada en las instrucciones de voto.
El Presidente, o el Vicepresidente si el Presidente no está disponible para hacerlo, designará a dos (2) miembros que no sean miembros de la Junta Directiva para que actúen como jurado para el recuento de los votos. Si no se dispone de dos miembros para su nombramiento como jurado, se podrá designar a una o varias personas que no sean miembros de la Junta y que estén desinteresadas.
En un plazo de quince (15) días a partir de la fecha límite para el matasellos de las papeletas, o de los envíos electrónicos, el Secretario de la Asociación o la persona que éste designe procederá al recuento de todas las papeletas debidamente recibidas en presencia del jurado así designado. Los resultados de la elección serán certificados por el Secretario, o la persona que éste designe, si ha sido nombrada, y el jurado.
En caso de empate, el Comité consultará a los dos candidatos para determinar si uno de ellos está dispuesto a ceder el puesto al otro. Si ninguno de los candidatos está dispuesto a ceder el puesto al otro, el Consejo procederá a desempatar. El candidato que obtenga la mayoría de los votos emitidos por el Consejo será elegido Director.
Los resultados de la elección se anunciarán a los afiliados en el siguiente envío programado a los afiliados tras la certificación de la elección.
Las papeletas se conservarán durante los noventa (90) días siguientes al anuncio de los resultados de la elección a los afiliados.

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