Sección 1

1. LA ORGANIZACIÓN FHANA

1.1. RELACIÓN CON FRIESCH PAARDEN-STAMBOEK (KFPS)

1.1.1. La FHANA reconoce al KFPS como única autoridad y registro mundial del caballo frisón.

1.1.2. El KFPS reconoce a la FHANA como su único representante en Estados Unidos y Canadá.

1.1.3. Privilegios de la afiliación a KFPS - La afiliación a la FHANA da derecho a los residentes de Estados Unidos y Canadá a muchos de los privilegios de la afiliación al KFPS; sin embargo, los residentes de Estados Unidos y Canadá no pueden ser miembros directos del KFPS.

1.1.4. Comunicación con el KFPS - Todas las inscripciones, excepto los procedimientos del Libro B II y los asuntos con el KFPS relativos a los miembros norteamericanos, deben realizarse a través de la oficina de la FHANA.

1.1.5  Consejo Miembro de KFPS-El Consejo de Miembros de la KFPS es un vínculo directo entre la FHANA y la KFPS.

El Consejo de Miembros de KFPS (KMC) está compuesto por miembros electos de la Región FHANA de FHANA de acuerdo con los estatutos y reglamentos de KFPS en lo que respecta a FHANA como "Otra Área Regional". La representación de FHANA ante el Consejo de Miembros de KFPS incluye a los representantes per cápita de los Miembros de FHANA. Estos miembros asisten a las reuniones del Consejo de Miembros de la KFPS de acuerdo con las directivas y normas del Consejo de Miembros de la KFPS. La referencia específica se encuentra en los "Artículos de Asociación de la KFPS, Capítulo 14-19 en lo que respecta a FHANA como "Otra Región".

Reunión Regional: Como lo requiere el estatuto del Consejo de Miembros de KFPS, FHANA llevará a cabo al menos una Reunión Regional anualmente. Esta reunión incluirá una invitación a toda la membresía a través de un aviso a la membresía con al menos treinta días de anticipación. La reunión podrá celebrarse virtualmente según lo anuncie el Director Ejecutivo de FHANA y/o la Junta Directiva. Estas Reuniones Regionales se llevarán a cabo para dar a los Miembros de FHANA, Miembros del Consejo de Representantes de Consejos Miembros, Junta Directiva de FHANA ,, y Administración la oportunidad de hacer preguntas, expresar opiniones y dar explicaciones con respecto a la política que es (será) perseguida en el sentido más amplio de las palabras utilizadas.

  1.  Se invitará a todos los miembros de la región de FHANA a asistir a una Reunión Regional a través del sitio web de FHANA y de KFPS, de las redes sociales y del correo electrónico, al menos una vez al año.
  2. La Junta Directiva de la KFPS será notificada e invitada a asistir. Un miembro de la Junta Directiva de la KFPS asistirá a la Reunión Regional de la FHANA, mientras que todos los miembros de la Junta Directiva de la KFPS están invitados a asistir.
    1. La convocatoria de esta reunión regional se publicará y enviará por correo electrónico al menos 4 semanas antes de la fecha de la reunión correspondiente, con un orden del día.
  3. Los Representantes de la FHANA, la Oficina de la FHANA y el KFPS coordinarán la fecha y hora de la reunión.
  4. Se celebrará una reunión regional al menos una vez al año, preferiblemente dos.
  5. La KFPS solicitará al Presidente de FHANA que presida la reunión regional y al secretario de FHANA que levante acta. Si el Presidente de FHANA no puede presidir la reunión, la propia KFPS presidirá la reunión.
  6. Si al menos 20 Miembros de la Región FHANA resuelven conjuntamente que debe convocarse una Reunión Regional en la Región de América del Norte:
    1. informar de ello por escrito al Comité Ejecutivo del KFPS
    2. El Comité Ejecutivo del KFPS convocará una reunión en el plazo de 2 semanas a partir de la recepción de dicha solicitud.
    3. Con la debida observancia de un plazo de notificación de al menos 4 semanas y como máximo 6 semanas
    4. Si el Comité Ejecutivo no lo hace, los propios Miembros estarán autorizados a convocar una reunión.
  7.  Los asistentes a una Reunión Regional con derecho a voto son:
    1. Miembros de FHANA al corriente de pago
    2. Junta Directiva de FHANA
    3. El Director Ejecutivo de FHANA asistirá a las reuniones como enlace
  8. Se redactará un informe/actas concisas de los asuntos debatidos en una Reunión Regional. Este informe se debatirá en la siguiente Reunión Regional y posteriormente, tras posibles suplementos y mejoras, será aprobado por la Reunión Regional correspondiente.
  9. Las Reuniones Regionales se celebrarán, además, con la debida observancia de las disposiciones enunciadas más adelante en el Artículo 32 con respecto al orden de las reuniones.

1.1.5.1.  Consejo de Miembros. Composición, mandato, Presidente-.

Objeto del Consejo de Diputados:

El Comité del Consejo de Miembros de la KFPS es responsable de la representación de los intereses de The Friesian Horse Association of North America. Mientras que la Región del Consejo de Miembros Frisones de la KFPS está formada por miembros de la KFPS principalmente en los Países Bajos, este Comité se reúne con el Consejo de Miembros Frisones de la KFPS cuando se le convoca para representar a FHANA. Los miembros de la FHANA en el Consejo de Miembros de la KFPS proporcionarán información en lo que respecta a los intereses de la FHANA y del caballo frisón.

  1. El Consejo de Miembros estará formado por delegados elegidos por los miembros de FHANA de entre los Miembros. Las candidaturas para el Consejo de Miembros de FHANA serán presentadas por miembros voluntarios de FHANA o por una sola nominación de los miembros. Antes de incluir al candidato en la papeleta, éste deberá aceptar la nominación y firmar el Formulario de Responsabilidad de Voluntarios de FHANA.
  2. El Consejo de Miembros celebra reuniones ordinarias, extraordinarias, ordinarias a puerta cerrada y extraordinarias a puerta cerrada.
  3. El mandato de los miembros del Consejo de Miembros de la KFPS comenzará al final de la Asamblea General Anual de Primavera de la KFPS. La duración del mandato será de cuatro años. Un miembro del Consejo de Miembros podrá ser reelegido inmediatamente una vez. Véase el cuadro siguiente:
Consejo Miembro de KFPS Términos/Seated Representantes de los Estados miembros
Representantes de FHANA 4 años 3
Elegido 2022**

Primavera 2022-

Primavera 2025 **

Primavera de 2025.

Primavera de 2029

Elegido en 2022

Primavera 2022-

Primavera de 2026

Primavera 2026-

Primavera 2030

Elegido en 2023

Primavera 2023-

Primavera de 2027

Primavera 2027-

Primavera de 2031

** Mandato de tres años por puesto vacante

  1.  El miembro más antiguo de los representantes de FHANA será el Presidente del grupo.
  2. El Secretario de FHANA registrará y documentará el mandato actual de cada miembro y registrará a los nuevos representantes elegidos en cada Reunión Regional. Los miembros actuales y los recién elegidos (si procede) se mostrarán en el sitio web de FHANA con los nombres, la duración del cargo y el vencimiento del mandato.
  3. Si un Representante abandona el mandato antes de tiempo, y le queda más de 1 año de mandato, los miembros votarán a un sustituto en la siguiente elección.
  4. Las elecciones de los representantes se celebran al mismo tiempo que las de la Junta Directiva de FHANA y se identifican en una papeleta individual específica para los cargos del Consejo de Miembros de KFPS.
  5. La oficina de FHANA solicita nominaciones y/o voluntarios a los miembros al corriente de sus obligaciones.
  6. Las candidaturas se abren en otoño del año anterior al inicio de dicho mandato,
  7. Un miembro del Consejo de Miembros deberá dimitir inmediatamente - si y tan pronto como su membresía de FHANA haya sido cancelada; - si esta es su decisión y el miembro lo ha notificado a FHANA; - en virtud de una resolución de los Miembros, reunidos en una reunión de su Región; o es incapaz de cumplir con el cargo o desempeñar las funciones asignadas.
  8. Un miembro del Consejo de Miembros deberá dimitir inmediatamente si su afiliación a FHANA ha sido cancelada. Podrá dimitir en cualquier momento notificándolo a la Junta Directiva de FHANA o a la Oficina de FHANA. Un miembro del Consejo de Miembros también puede ser destituido por los Miembros de FHANA de acuerdo con los estatutos de la KFPS, que se encuentran en "Artículos de Asociación de la KFPS, Capítulo 14-19 en lo que respecta a FHANA como 'Otra Región'".
  9. El Consejo también tendrá al Director Ejecutivo como Enlace para el Consejo. El Enlace se coordinará con los Miembros del Consejo de FHANA antes y después de las reuniones del Consejo de Miembros de KFPS. El Director Ejecutivo de FHANA también apoyará al Consejo cuando sea necesario y así lo indique el Presidente de la Junta Directiva de FHANA.
  10. Los miembros de FHANA podrán acceder a una copia de las actas de las reuniones del Consejo de Miembros de KFPS a través del sitio web de FHANA.
  11. Los delegados del Consejo de Miembros de KFPS presentarán en la siguiente Reunión Regional un informe sobre sus conclusiones, experiencias y resoluciones adoptadas, y debatirán con los Miembros de la Región los temas que se incluirán en el orden del día de la siguiente Reunión Regional de FHANA.

1.2. ADHESIÓN A LA FHANA

1.2.1. Categorías de afiliación se explican detalladamente en los Estatutos.

1.2.2. Solicitudes de adhesión deberá ir acompañada del pago en fondos estadounidenses correspondiente a la categoría de afiliación deseada. Una vez completada la tramitación por parte de la FHANA, pero en un plazo no superior a 30 días a partir de la fecha del matasellos del pago, el miembro tendrá derecho a todos los derechos y privilegios de la categoría de afiliación.

1.2.3. Cuotas de afiliación (nuevas y renovaciones):

Miembro asociado (no propietario de un caballo frisón): $60.00
Afiliación Deporte/Placer: $90.00
Full Membership: $150.00
Business Membership: $190.00

Tasa administrativa-Nuevo miembro: $20

1.2.4. Las afiliaciones son intransferibles

1.2.5. Privilegios de los miembros

1.2.5.1. Todas las categorías de afiliación Mayo:

  1. asistir a todas las reuniones de afiliados;
  2. publicar su nombre y dirección en el anuario de la Asociación;
  3. recibir el boletín de FHANA y suscribirse a Phrysopublicado por la KFPS, así como recibir correspondencia general de la Asociación.

 

1.2.5.2. Deporte/placer, Miembros de pleno derecho y empresariales puede tener los privilegios arriba indicados, además de los privilegios que incluyen, entre otros, los siguientes:

  1. votar en los procedimientos de la Asociación, tal como se establece en los Estatutos;
  2. ser elegibles para el Consejo de Administración, tal y como se establece en los Estatutos;
  3. presentar peticiones al Consejo de Administración sobre cuestiones de política o interés;
  4. utilizar determinadas oportunidades de publicidad cooperativa que la FHANA puede promover a cambio de una remuneración.

1.2.5.3. Miembros efectivos y empresariales puede tener los privilegios arriba indicados, además de los privilegios que incluyen, entre otros, los siguientes:

  1. Utilizar los servicios de juzgamiento y registro proporcionados por la FHANA junto con la KFPS. Estos servicios incluyen, entre otros: identificación y registro de potros elegibles; registro de la compra o venta de caballos; juzgamiento de caballos para su inscripción en el libro genealógico, predicados de estatus, inscripción de caballos para el IBP o ABFP, primas y premios; y mantenimiento del registro.
  2. Tener acceso a las páginas web exclusivas para "miembros", que incluyen los directorios y las herramientas de FHANA, como Horse Research y el cálculo de los coeficientes de consanguinidad.

1.2.6. Responsabilidades de los miembros de FHANA

1.2.6.1. Buena situación - Para mantener su condición de miembro en regla, los miembros deben respetar los Estatutos y el Reglamento de la FHANA, tratar con equidad a la Asociación y a sus miembros, y cumplir con todas sus obligaciones, incluido el pago puntual de las cuotas y honorarios. La pérdida de la condición de miembro de pleno derecho conllevará el cese de la afiliación y de sus privilegios.

1.2.6.1.1. Tasas atrasadas a KFPS y FHANA-

La FHANA, como afiliada de la KFPS, considera que cualquier miembro o antiguo miembro en mora y en mala situación con la KFPS también está en mala situación con la FHANA. La FHANA define la mala reputación como el incumplimiento por parte de un miembro de alguna o todas las secciones del artículo 9, apartado 2, subapartado "d" de la ENMIENDA DE LOS ESTATUTOS DE ASOCIACIÓN DE LA ASOCIACIÓN BAJO LA LEY HOLANDESA KONINKLIJKE VERENIGING "HET FRIESCH PAARDEN-STAMBOEK".
Penalti
1. El individuo que infrinja la norma mencionada estará sujeto a la sanción recomendada por el Comité de Quejas de FHANA y aprobada por la Junta Directiva de FHANA, que incluye, entre otras, las siguientes.
a. CENSURA. Un voto de Censura será anotado bajo el nombre del acusado en el Registro de Sanciones del Secretario. Si se le declara culpable de una nueva infracción, el acusado estará sujeto a una sanción más severa que por una primera infracción.
b. SUSPENSIÓN de dicha persona por cualquier período de mostrar o hacer que otros muestren, exhiban o entrenen para él o ella.
         (1) A una persona suspendida se le prohíbe durante el tiempo especificado en la decisión el privilegio de tomar parte en cualquier Competición o evento licenciado, patrocinado o avalado por la KFPS o la FHANA y se le excluye de todos los terrenos de competición durante Competiciones o eventos licenciados, patrocinados o avalados por la KFPS o la FHANA, como expositor, participante o espectador.
         (2) Además, una persona suspendida tiene prohibido participar en todos los asuntos y actividades de la KFPS y la FHANA, ocupar o ejercer cargos en la Asociación o en cualquier Competición o evento autorizado, patrocinado o respaldado por la KFPS o la FHANA, asistir, observar o participar en cualquier evento, foro, reunión, programa, clínica, grupo de trabajo o comité de la KFPS o la FHANA, patrocinado o dirigido por la KFPS o la FHANA, o celebrado en relación con la KFPS o la FHANA y cualquiera de sus actividades.
         (3) SUSPENSIÓN por cualquier periodo de cualquier voluntario o cualquier persona empleada que monte o exhiba en beneficio, crédito, reputación o satisfacción de otra persona suspendida.
         (4) EXPULSIÓN de todas las Competiciones o eventos autorizados, patrocinados o avalados por la KFPS o la FHANA.
         (5) EXPULSIÓN o SUSPENSIÓN de la afiliación a la Asociación.
2. Todos los Capítulos Afiliados a KFPS y FHANA deben respetar todas las sanciones de KFPS y FHANA.
 
Reglamento relativo a las personas suspendidas.
1. El objetivo de esta Norma es evitar que los expositores, entrenadores, preparadores físicos y otras personas suspendidas eludan los términos y condiciones de sus suspensiones, o las sanciones que la FHANA pretende imponer como consecuencia de dichas suspensiones. Esta Norma se aplicará al cónyuge de una persona suspendida, así como a cualquier otra persona o entidad, incluidos, entre otros, compañeros, familiares, empleadores, empleados, agentes, sociedades, socios, corporaciones u otras entidades, cuya relación, ya sea financiera o de otro tipo, con una persona suspendida pueda dar la impresión de que esas otras personas montan, exhiben, entrenan o adiestran en beneficio, crédito, reputación o satisfacción de la persona suspendida.
2. Ningún cónyuge o acompañante de la persona suspendida asumirá responsabilidad alguna de la persona suspendida en Competiciones o eventos autorizados, patrocinados o avalados por la KFPS o la FHANA durante el periodo de dicha suspensión. Por acompañante se entenderá cualquier persona que cohabite o comparta alojamiento con una persona suspendida.
3. Ningún cónyuge o acompañante de la persona suspendida podrá rellenar ningún formulario de inscripción para ninguno de los clientes de la persona suspendida en Competiciones o eventos autorizados, patrocinados o avalados por la KFPS o la FHANA durante el periodo de suspensión de la persona suspendida, ni pagar o adelantar cuotas de inscripción en nombre de clientes en Competiciones o eventos autorizados, patrocinados o avalados por la KFPS o la FHANA durante dicho periodo.
4. Esta norma tiene por objeto orientar a las personas suspendidas y a cualquiera que se plantee asumir la responsabilidad de montar, exhibir, entrenar o adiestrar un caballo no suspendido de una persona suspendida. No pretende anticipar todas las circunstancias potenciales en las que la intención de una suspensión pueda verse frustrada, y el Comité de Deontología estará facultado para determinar si los hechos y circunstancias peculiares de un caso concreto obligan a concluir que se ha producido o se está produciendo una infracción de las normas que prohíben exhibir cualquier caballo mientras se encuentre bajo el cuidado, entrenamiento o custodia de un entrenador suspendido, o montar, exhibir, entrenar o adiestrar en beneficio, crédito, reputación o satisfacción de una persona suspendida.
 
Artículo de referencia de LA MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE ASOCIACIÓN DE LA ASOCIACIÓN DE DERECHO NEERLANDÉS KONINKLIJKE VERENIGING "HET FRIESCH PAARDEN-STAMBOEK
 
Artículo 9. Miembros. Miembros. Derechos y obligaciones
2. Los miembros serán retenidos:
a. cumplir los Estatutos, Reglamentos y Normas de la KFPS y las demás resoluciones del Consejo de Miembros y del Comité Ejecutivo;
b. abstenerse de perjudicar los intereses de la KFPS y/o del sector de la cría caballar en general;
c. someterse a la Administración de Justicia a que se refiere el artículo 28;
d. aceptar y cumplir las obligaciones financieras derivadas del artículo 25;
e. cumplir todas las demás obligaciones contraídas por el KFPS en nombre de su
Miembros, o que se deriven de la pertenencia al KFPS;
f. todos los miembros neerlandeses de la KFPS están obligados a suscribirse a la revista de la KFPS Phryso.

1.2.6.1.2. Política de compartición de medios de FHANALa visualización de los vídeos de las reuniones de la Junta Directiva de FHANA se rige por el acuerdo de no copiar, grabar o compartir los vídeos en parte o en su totalidad. El incumplimiento de este acuerdo está sujeto a la suspensión inmediata de la membresía de FHANA por un período de dos años a partir de la fecha de la violación. Cualquier infracción posterior dará lugar a otras sanciones según determine la Junta Directiva de FHANA.

Política de cría de FHANA - La política de cría de la FHANA es la siguiente:

Yeguas: Las yeguas frisonas inscritas en el Libro Genealógico de la KFPS, el Libro de Potros, el Libro Auxiliar (Hulpstamboek), el Libro B I (Bijboek I) o el Libro B II (Bijboek II) deben ser criadas idealmente con sementales del Libro Genealógico de la KFPS con Privilegios de Cría Aprobados. Cría con sementales de libro genealógico, sementales frisones registrados por organizaciones distintas de la KFPS o la FHANA, y cría cruzada. a sementales de otras razas está totalmente desaconsejado. Sólo la descendencia resultante del uso de sementales del Libro Genealógico de la KFPS con Privilegios de Cría Aprobados podrá participar en las inspecciones de la FHANA en Norteamérica.

Sementales: Los sementales del Libro Genealógico de la KFPS con Privilegios de Cría Aprobados sólo deben ser criados con yeguas frisonas registradas en la KFPS. Se desaconseja totalmente el cruce de sementales del Libro Genealógico con privilegios de cría aprobados con yeguas de otras razas. A los sementales Foal Book en Norteamérica no se les concederán privilegios de cría aprobados como sementales Foal Book (ver Sección 1.2.6.3.). Se desaconseja totalmente la cría de sementales Foal Book.

1.2.6.3. Privilegios de cría aprobados para los sementales del Foal Book sólo se concederán a aquellos que superen una Prueba Central de Sementales y sean aceptados en el Libro Genealógico de Sementales de la KFPS de acuerdo con las normas establecidas por la KFPS (véase la Sección 3.5.). Aunque la KFPS tiene una política que, en circunstancias excepcionales, permite conceder a ciertos sementales del Libro Genealógico para Sementales de las filiales extranjeras de la KFPS privilegios de cría aprobados limitados, no se concederán tales privilegios de cría aprobados en Norteamérica.

1.2.6.4. Notificación de cambio de estatuto - Los miembros deben notificar sin demora a la oficina de la FHANA cualquier cambio de dirección, número de teléfono o estatus personal, así como el cambio de estatus de cualquiera de sus caballos (por ejemplo, nacimiento, muerte, castración, importación o transferencia de propiedad).

1.2.7. Organizaciones espurias - Los miembros deben tener cuidado y no dejarse engañar por ninguna otra organización que pretenda ofrecer servicios de registro para caballos frisones. Dichas organizaciones pueden solicitar a los miembros de la FHANA y pueden dar a entender que representan o sustituyen a la FHANA. Los miembros deben ser conscientes de que cualquier correspondencia legítima relativa a la FHANA o al KFPS indicará claramente que procede de la FHANA. Los miembros deben tener cuidado con cualquier trato con dichos grupos para no poner en peligro su posición o la de su caballo con la FHANA o el KFPS. Se prohíbe a los miembros de la FHANA utilizar la base de datos propiedad de la FHANA y la KFPS para uso no autorizado en la realización de negocios de otro supuesto registro u organización. A los miembros de FHANA que se les descubra haciendo un uso no autorizado de la base de datos para tales fines se les inhabilitará el acceso a la parte del sitio web reservada a los miembros.

1.2.8. Cese de la afiliación

1.2.8.1. Dimisión - Todo miembro que desee darse de baja de la FHANA puede hacerlo según se especifica en los Estatutos. Si la afiliación finaliza durante el año natural, no se reembolsará ninguna parte de la cuota de afiliación.

1.2.8.2. Suspensión o cese - La afiliación puede suspenderse o darse por terminada a petición del Consejo de Administración o por solicitud y votación de los afiliados, tal y como se especifica en los Estatutos.

1.2.8.3.Impago de cuotas - La afiliación se dará por terminada si no se han abonado las cuotas anuales antes del 31 de marzo. Sin embargo, hasta que los miembros no hayan abonado las cuotas del año en curso, no se considerará que están al corriente de pago y, por tanto, no tendrán derecho a votar en los procedimientos de la Asociación, a que se tramiten las inscripciones ni a recibir otros servicios de la Asociación.

1.2.9. Restitución de la condición de miembro - Si el cese de la afiliación se debe a que no se han abonado las cuotas antes del 31 de marzo, el restablecimiento de la afiliación requerirá el pago de la cuota anual completa, sin prorrateo.

1.3. TARIFAS

1.3.1. Importes - El Consejo de Administración aprueba el establecimiento y las modificaciones de las cuotas de servicio, los depósitos, las sanciones y las cuotas de afiliación. Periódicamente se facilita a los miembros de FHANA un calendario de las cuotas de afiliación y una lista de las tasas.

1.3.2. Las tasas deben abonarse antes del servicio - En la medida de lo posible, todas las tasas deberán abonarse antes de la prestación de los servicios. No se tramitará ningún documento de registro, se juzgarán caballos ni se prestará ningún otro servicio por parte de la FHANA o el KFPS hasta que la FHANA haya recibido y tramitado las cuotas correspondientes. Además, para recibir los servicios de la FHANA, los miembros deben estar al corriente de sus obligaciones (véase el apartado 1.2.6.1.).

1.3.2.1. Cheques devueltos - Los pagos efectuados a la FHANA con cheques devueltos por el banco contra el que se libran están sujetos a los gastos que figuran en la lista de tasas.

1.3.3. Cuentas morosas - En caso de que los miembros tengan una cuenta deudora con la FHANA, las cantidades recibidas se aplicarán en primer lugar al saldo deudor más antiguo. Los saldos deudores durante más de tres meses devengarán un interés de 1% al mes (12,68 anual) a partir del final del tercer mes. La cuenta debe ponerse al día antes de que se presten otros servicios FHANA. Los socios morosos aparecerán trimestralmente en la revista Friesian hasta que se pongan al día.

1.3.4. Sanciones - El Consejo de Administración se reserva el derecho de recomendar sanciones junto con otras cuotas o además de ellas. Dichas sanciones se evaluarán situación por situación y deberán ser aprobadas por los miembros. Un ejemplo de causa para dicha penalización es la violación de las responsabilidades de los miembros de FHANA especificadas en la Sección 1.2.6. de este Reglamento.

1.4. SECCIONES AFILIADAS A LA FHANA

1.4.1. Designación de un nuevo capítulo - Los miembros que soliciten la creación de una nueva Sección en su área geográfica deberán rellenar y enviar a la oficina de FHANA la Solicitud de Sección de FHANA. Una copia de los estatutos del Capítulo y una lista de los miembros y las actividades en las que el capítulo pretende participar en representación de la FHANA se incluirán con la Solicitud en el momento de su presentación. Un capítulo puede estar formado por cualquier grupo o concentración de personas. Un capítulo debe incluir al menos cinco personas con membresías separadas en la FHANA que tengan derecho a voto en los procedimientos de la Asociación y que sean miembros de pleno derecho con derecho a voto del capítulo. El capítulo incluirá en su documentación su persona de contacto designada. La solicitud del nuevo capítulo se presentará al Consejo de Miembros de FHANA para su recomendación a la Junta Directiva para la aprobación o denegación de la solicitud. La decisión de la Junta de conceder o denegar la solicitud se comunicará al presidente del Consejo de Miembros de FHANA para que lo notifique a los solicitantes. Una vez notificado el nuevo capítulo, la oficina de FHANA incluirá el capítulo en la lista de capítulos de FHANA del sitio web de FHANA.

1.4.2. Renovar la designación de un capítulo - Los capítulos afiliados a la FHANA pueden ser de Cualquier capítulo afiliado a la FHANA puede ser Cada capítulo renovante debe presentar el formulario de solicitud de renovación de capítulo antes del 31 de marzo de cada año natural. El formulario de renovación debe incluir una persona de contacto designada y una lista de los miembros actuales. Cada capítulo debe notificar a FHANA las actividades del capítulo y debe renovar su estatus de capítulo con FHANA antes del 31 de marzo de cada año.

1.4.3. Capitulares - Sólo los miembros de FHANA al corriente de sus obligaciones y con derecho a voto en los procedimientos de la Asociación podrán ser miembros de pleno derecho con derecho a voto de la sección. Los miembros de FHANA pueden afiliarse a más de una sección. Los miembros de FHANA que se afilien a más de una sección pueden ser miembros de pleno derecho con derecho a voto en una sola sección y miembros asociados sin derecho a voto en otras secciones. Los miembros de FHANA no están obligados a pertenecer a ninguna sección. Si sus miembros están de acuerdo, un capítulo puede incluir como miembros asociados, sin derecho a voto, a personas que no sean propietarios de caballos frisones y/o que no sean miembros de la FHANA.

1.4.4. Reglas y finanzas del Capítulo - Cada capítulo determinará su propia administración y actividades que no deberán ser contrarias a los objetivos y políticas de la FHANA. Cada capítulo deberá reconocer y acatar todas las normas, reglamentos y estatutos de la FHANA. Cada capítulo se autofinanciará y sus gastos de funcionamiento no serán suscritos por la FHANA. A partir del 1 de marzo de 2012, todos los capítulos de la FHANA deberán presentar los estatutos del capítulo a la FHANA para poder continuar con su estatuto.

1.4.5. Representante del Capítulo - Un representante designado por un capítulo registrado ante la FHANA podrá solicitar asistir a las reuniones de la Junta Directiva de la FHANA en calidad de observador sin derecho a voto. El representante podrá presentar peticiones a la Junta Directiva sobre asuntos específicos de interés para el capítulo.

1.5. EMBLEMA Y NOMBRE DE FHANA

1.5.1. Este diseño o insignia, el nombre de la asociación y FHANA son propiedad exclusiva de la Asociación. El logotipo y el nombre son marcas registradas propiedad de FHANA y queda estrictamente prohibido cualquier uso o reproducción no autorizados o el uso de materiales de FHANA sin autorización previa por escrito:

1.5.11 Sólo la FHANA o sus agentes tienen derecho a vender artículos que contengan el emblema o el nombre de la FHANA. Las solicitudes de franquicia para vender dichos artículos pueden presentarse en la oficina de la Asociación.

Libro de recursos FHANA

El Libro de recursos de FHANA ya está disponible. Esta publicación es válida tanto para los miembros NUEVOS como para los ESTACIONADOS. Póngase en contacto con FHANA para obtener su ejemplar hoy mismo.